En la Ley 6/2009 rezaba:
Artículo 22. De la escolarización de los hijos de la madre gestante
En los procesos de admisión de alumnos de centros docentes no universitarios mantenidos con fondos públicos, los alumnos cuya madre se encuentre en estado de gestación, se beneficiarán de una puntuación idéntica a la que obtendrían si ya hubiera nacido su nuevo hermano o hermanos, en el caso de gestación múltiple.
Para la justificación de dicho extremo, tendrá que aportarse certificación médica que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud de escolarización.
QUEDA DEROGADO TODO SU TEXTO POR LA LEY 6/2017.
Artículo único
Queda derogada en su totalidad la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de protección a la maternidad.
Queda derogada en su totalidad la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de protección a la maternidad.
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada
Nota: Només un membre d'aquest blog pot publicar entrades.